Sunarp: defensoría del usuario atendió más de 189 mil consultas en el 2016
Sunarp: defensoría del usuario atendió más de 189 mil consultas en el 2016

La Sunarp que administración el sistema de constitución de empresas en línea a nivel nacional, cuyo alcance comprende, como primera etapa, la constitución de las micro y pequeñas empresas, (Mypes) emitió –esta mañana– una resolución autorizando una nueva funcionalidad en el trámite.

Como se recuerda, el trámite de constitución de empresas a través del SID-Sunarp iniciado directamente por el usuario desde la web de la Sunarp mediante el ´módulo ciudadano” o por el Centro de Desarrollo Empresarial (CDE), involucra el uso obligatorio de formatos de estatutos que contienen la declaración de micro y pequeñas empresas.

A fin de que el notario se abstenga de solicitar, a los socios fundadores, la presentación de una minuta como requisito previo para extender la escritura pública del acto constitutivo.

Así, atendiendo la evaluación de los reportes estadísticos y los requerimientos de zonas registrales de Chiclayo y Lima, se ha desarrollado una funcionalidad técnica en el SID-Sunarp que permita, al notario, presentar partes de constitución de empresas que no respondan exclusivamente al uso de formatos tramitados desde el 'módulo ciudadano´ o desde los Centros Desarrollo Empresarial (CDE), es decir, se comprende en la presentación electrónica a los partes de escrituras públicas provenientes de minutas o de distintos formatos de estatuto con la declaración de micros y pequeñas empresas.

Por lo que, desde el 15 de agosto, el notario podrá presentar el parte con firma digital de escrituras públicas extendidas en mérito de minutas o de distintos formatos de estatuto con la declaración de micro y pequeñas empresas.

El servicio de presentación electrónica comprende las modalidades de personería jurídica prevista en la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades, y en el Decreto Ley N° 21621, Decreto Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada referidas a la Sociedad Anónima (SA), Sociedad Anónima Cerrada (SAC), Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL) y Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).

La implementación de la funcionalidad técnica –explica la resolución– no solo obedece a la importancia de simplificar el procedimiento de inscripción dada las ventajas operativas que brinda la firma digital; sino también a las políticas de extender los servicios de presentación electrónica para las constituciones de los tipos societarios y de empresa, previstos en la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades, y del Decreto Ley N° 21621, Decreto Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, respectivamente, que actualmente se brindan a través de formato estandarizados para Mypes.



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