Rappi recibió en junio del 2022 aprobación del regulador financiero para operar como banco digital en Colombia. (Foto: Difusión)
Rappi recibió en junio del 2022 aprobación del regulador financiero para operar como banco digital en Colombia. (Foto: Difusión)

El regulador antimonopolio y de protección al consumidor de Colombia ratificó el martes una multa por 1,245 millones de pesos (US$ 258,000) a la aplicación Rappi por incumplir entregas, generar doble cobro a usuarios y permitir la entrega de bebidas alcohólicas a menores de edad.

La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio confirmó una sanción inicial contra la aplicación de entregas.

Luego de la valoración de las pruebas recaudadas en la investigación administrativa y que conllevó a la respectiva sanción, se encontró que RAPPI S.A.S., había vulnerado las normas de protección al consumidor relacionadas con la calidad del servicio al generar doble cobro a los consumidores, incumplimientos en la entrega y cancelaciones de pedidos”, dijo la Superintendencia de Industria y Comercio en un comunicado.

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Se observó que RAPPI S.A.S., no implementó las medidas posibles para verificar la edad de los consumidores al momento de la entrega de productos nocivos para la salud, como son las bebidas alcohólicas”, explicó el organismo de control.

La aplicación de entregas dijo en un comunicado que pagará la multa dentro de los términos exigidos y aseguró que respeta la regulación local, mientras presta sus servicios de acuerdo con las normas y leyes vigentes.

Fomentamos una cultura de cumplimiento y contamos con un equipo de expertos que se dedican, exclusivamente, a garantizar que cada proceso, procedimiento y transacción se realice acatando todas las obligaciones legales y normativas”, afirmó la empresa.

Rappi recibió en junio del 2022 aprobación del regulador financiero para operar como banco digital en Colombia.

Rappi se pronuncia

Respecto a la información sobre la multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio a Rappi, la compañía aclaró que respeta la regulación local y presta sus servicios de acuerdo con las normas y leyes vigentes.

En Rappi, fomentamos una cultura de cumplimiento y contamos con un equipo de expertos que se dedican, exclusivamente, a garantizar que cada proceso, procedimiento y transacción se realice acatando todas las obligaciones legales y normativas”, señaló en un comunicado.

Agregó que Rappi no comercializa ni compra para revender los productos y/o servicios que adquieren los usuarios, como consumidores finales a través de su plataforma. “Por lo tanto, es claro que Rappi no comercializa licores. En ese sentido, Rappi presta servicios tecnológicos a los usuarios de su ecosistema”, precisó

La Superintendencia de Industria y Comercio centró su decisión en la presentación de peticiones, quejas y reclamos (PQRs) por parte de los usuarios/consumidores sin revisar el trámite o respuesta dada por Rappi respecto a las PQRs, y desconociendo que la recepción de PQRs es inherente a cualquier negocio en el que se conecta la oferta con la demanda”, apuntó.

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También mencionó que, es importante resaltar que uno de los principales eventos que cuestiona la Superintendencia de Industria y Comercio es el Día de la Madre de 2020, evento que se llevó a cabo en el marco de una pandemia y que generó una incrementalidad de más del 50% de las órdenes que se solicitan a través de la plataforma Rappi.

Sobre la venta de licor a menores de edad, niñas, niños y adolescentes, Rappi manifestó que cuenta con estrictos protocolos, a través de los cuales se le solicita a cualquier usuario/consumidor que pretenda realizar una orden de licores en la plataforma Rappi su documento de identidad y su fecha de nacimiento.

La entrega de bebidas alcohólicas a un menor de edad incumple con las políticas y normas que rigen a Rappi. De acuerdo con las leyes colombianas y con los términos y condiciones de la aplicación Soy Rappi, los repartidores independientes deben abstenerse de entregar órdenes con licor a personas que sean menores de edad, entendiéndose que al momento de la entrega del producto, el repartidor independiente debe validar que la persona que recibe el producto es mayor de edad y , luego de comprobar su documento de identidad procede a entregar la orden de licor”, anotó.

Dado que el trámite administrativo ante la Superintendencia de Industria y Comercio culminó, Rappi confirmó que acreditará el pago de la multa dentro de los términos exigidos.

Fuente: Reuters

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