Universidad Alas Peruanas (Foto: Andina)
Universidad Alas Peruanas (Foto: Andina)

El Tercer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao ordenó suspender el inicio del procedimiento concursal ordinario de la Universidad Alas Peruanas mediante una medida cautelar.

La Universidad Alas Peruanas enfrentaba hasta el momento un proceso concursal ordinario luego que Comisión de Procedimientos Concursales (CCO) del Indecopi lo aprobó - en primera instancia - y la Sala Especializada en Procedimientos Concursales (SCO) del Tribunal del Indecopi lo ratificó -en segunda instancia-.

Ante la decisión del Poder Judicial, la Sala del Indecopi dispuso además que la Comisión de Procedimientos Concursales cumpla con suspender los efectos de la Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI y del procedimiento concursal ordinario en cuestión.

De la misma manera, ordenó a la Oficina de Asesoría Jurídica del Indecopi poner en conocimiento de la Junta Nacional de Justicia y de la Oficina de Control de la Magistratura respectiva, la Resolución N° Uno del 01 de setiembre de 2021, que contiene la decisión del citado Juzgado.

En ese sentido, mediante la Resolución N° 10664-2021/CCO-INDECOPI del 04 de octubre de 2021, la CCO suspendió los efectos de la Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI y del procedimiento concursal ordinario de dicha casa de estudios.

La Resolución N° 0690-2021/SCO, que contiene la decisión de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales

Proceso concursal a pedido de acreedores

El 29 de enero de 2020, la empresa Group CSC S.A.C. solicitó ante la CCO el inicio del procedimiento concursal ordinario de la Universidad Alas Peruanas, ya que dicha casa de estudios mantenía deudas exigibles y vencidas por más de treinta (30) días calendario, por un importe de más de 50 UIT (unidades impositivas tributarias) con motivo de la contratación de servicios de seguridad y vigilancia privada.

Procedimiento concursal: Es un procedimiento administrativo mediante el cual se busca que los acreedores de un deudor (se trate de una persona natural o jurídica) adopten las decisiones más pertinentes, en el marco de la legislación concursal, para lograr recuperar las acreencias (deudas). El Indecopi vela por la legalidad de los acuerdos adoptados en el procedimiento y las actuaciones entre deudores y acreedores.

Dicha solicitud fue admitida por la comisión tras verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley General del Sistema Concursal, entre ellos, la existencia de créditos por el importe de S/ 10′760,783.52 (Resolución N° 3196-2020/CCO-INDECOPI).

Posteriormente la SCO, en segunda y última instancia administrativa, confirmó la Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI, que declaró infundada la apelación presentada por la universidad contra la solicitud del Group CSC y declaró el inicio del procedimiento concursal.

Ante ello, la casa de estudios se acogió a un proceso de amparo contra el Indecopi por la vía judicial, siendo la decisión del Tercer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao ordenar al Indecopi suspender provisionalmente los efectos de la Resolución N° 0280-2021/SCO-INDECOPI, la Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI, y el procedimiento concursal ordinario de Universidad Alas Peruanas.