Conductores de transporte de carga serán sujetos a multa si incumplen la restricción vehicular en la carretera Central desde el 6 al 9 de abril por Semana Santa. (Foto: MTC)
Conductores de transporte de carga serán sujetos a multa si incumplen la restricción vehicular en la carretera Central desde el 6 al 9 de abril por Semana Santa. (Foto: MTC)

Ante la proximidad de las celebraciones por , el Ministerio de Transportes y Comunicaciones () dispuso restringir el paso de los camiones de carga con peso bruto vehicular superior a las 3.5 toneladas, para cautelar la seguridad de los pasajeros y darle fluidez al tránsito vehicular en la durante el .

Como se sabe la para los vehículos pesados rige desde el jueves 6 de abril, desde la medianoche hasta las 10 de la mañana, y el domingo 9 del mismo mes, desde la 1 de la tarde hasta las 9 de la noche.

Esta medida se impondrá en el tramo comprendido entre el kilómetro 23, a la altura de Chaclacayo (Lima), y el kilómetro 145, en el Centro Poblado Pucará (Junín). De esa manera, los vehículos de transporte de personas podrán circular con mayor fluidez por la mencionada vía.

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Con esta medida, contemplada en la Resolución Directoral 06-2023-MTC/18, publicada hoy en El Peruano, el MTC busca facilitar la movilidad de los ciudadanos que viajen al centro del país por .

La ha sido diseñada para un flujo vehicular de 4 mil vehículos diarios; sin embargo, en el inicio y fin de los feriados por Semana Santa y Fiestas Patrias supera los 9 mil vehículos al día en un solo sentido, lo que pone en relevancia la necesidad de establecer la restricción horaria de la circulación de vehículos de carga, resaltó el director general de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC, José Aguilar.

Durante el feriado, los agentes de la Policía y los inspectores de la Sutran reforzarán las acciones de control y fiscalización para hacer cumplir la medida. Su incumplimiento se sanciona con una multa equivalente al 8% de la UIT, que sería S/ 396.

El MTC precisó que esta medida de restricción exceptúa los vehículos de emergencia que se dirijan a la , vehículos que trasladen donaciones y ayuda humanitaria, así como unidades que transporten personal o maquinarias destinadas a operaciones en vías afectadas.

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